COMISIÓN COORDINADORA DE EDUCACIÓN NACIONAL

Objetivos

  • Brindar orientación y asesoría técnica pedagógica al Ministerio de Educación, así como a otras instituciones de carácter educativo, mediante su participación en la planificación, desarrollo y evaluación del sistema educativo, a fin de que se cumplan los principios, fines y normas de la educación, según el mandato de la Ley Nº 47 de 24 de septiembre de 1946, Orgánica de Educación, modificada y adicionada por la Ley Nº 34 de 6 de julio de 1995.

Funciones

  • Formular recomendaciones técnicas al(a) Ministro(a) de Educación de acuerdo con las consultas, investigaciones y proyectos que permitan el alcance y logros de los objetivos, fines y principios de la Educación Nacional, para que la Comisión Coordinadora de Educación sea partícipe en todos los proyectos y programas realizados, como ente consultor pedagógico.
  • Promover acciones favorables que permitan el óptimo desarrollo de las políticas educativas y, en consecuencia, de la educación nacional.
  • Promover e impulsar la permanente relación entre instituciones, grupos y organismos nacionales e internacionales, que faciliten el mejoramiento continuo de la cultura, la ciencia y tecnología en materia educativa.
  • Atender consultas formuladas por las autoridades ministeriales y otras instituciones de carácter educativo, en cuanto a asesoría técnica pedagógica, para mantener la coherencia integral en las formulaciones de las políticas educativas.
  • Brindar asesoría al Ministerio de Educación en cuanto al proceso de supervisión y evaluación sistemática de los proyectos, programas pilotos y los ya establecidos.
  • Asesorar y participar en las comisiones que se constituyan en el Ministerio, para llevar a cabo la planificación dirigida que se pondrá en ejecución, de manera progresiva, para la reestructuración del Sistema Educativo Panameño, a fin de lograr la efectividad en la implementación de la Ley N° 47 de 1946 Orgánica de Educación y atención prioritaria al mejoramiento de la calidad de la educación.
  • Presentar a la Dirección de Planificación, el Anteproyecto de Presupuesto y el Plan Anual de la Unidad para ejecutar las funciones de la Comisión.
  • Emitir criterio favorable o no en relación con el desarrollo programático y evaluativo que impulsan las distintas dependencias educativas centrales, regionales, locales y centros e instituciones educativas para adecuarlas a los parámetros legales que contiene la Ley 47 Orgánica de Educación de 1946, modificada por la Ley 34 de 6 de julio de 1995, por la Ley 50 de 1 de noviembre de 2002 y de las políticas educativas vigentes.
  • Colaborar estrechamente con todas las Direcciones Nacionales del Ministerio de Educación, para que estas se articulen entre sí y aseguren la calidad de la educación de forma eficiente y eficaz.